Las distintas, restricciones impuestas a la distribución de excedentes conllevan el propósito de proteger la integridad del. Exmagistrado del Tribunal Constitucional y profesor principal de la Facultad de Derecho … Si no fueran, designados liquidadores, o si éstos no desempeñaran el cargo, cualquier asociado podrá solicitar al juez, competente el nombramiento omitido o una nueva elección, según corresponda. WebApunte: LEY GENERAL DE SOCIEDADES COMENTADA- NISSEN (Actualizada) ... con motivo de aquella . En esta materia el Proyecto se aparta del régimen general establecido por la Ley Nº 19.742, en, razón de que en la especie no deben tenerse en cuenta intereses fiscales sino principios de índole doctrinario, que aseguren a todos los asociados una adecuada preservación del valor del capital efectivamente aportado, al patrimonio social, pero evitando la posibilidad de que a través de ese mecanismo pudieran apropiarse, indebidamente de las reservas acumuladas por sucesivas generaciones de asociados. Todo ello sin perjuicio de las demás atribuciones que les confieren la ley y el estatuto. Decreto Legislativo que modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Legislativo 940 y la Ley 28211. cual demandará que en cada jurisdicción se arbitren los correspondientes recaudos de orden administrativo. compagina con las facultades que la ley atribuye a dichos organismos. Profesores Ayudantes: Álvarez Larrondo, Federico; Castelucci, Mariano; Coste, Diego; Moriondo, Juan Manuel, Taddeo, Eleonora; Taliercio Christian. Exposiciones de Motivos - Decretos Legislativos. La disposición de la ley asegura la posibilidad de ingreso a las cooperativas de todos los entes que, puedan usar de sus servicios, sin otra limitación que la establecida por el estatuto de conformidad al objeto, El artículo reproduce la disposición pertinente de la Ley Nº 11.388, adecuando su redacción y limitando el, importe del derecho de ingreso a fin de prevenir que, por vía de exigir un monto excesivo, se desvirtúen los. WebPágina 1 de 4. Se, prescriben disposiciones especiales para cada uno de los supuestos indicados. De esta forma surgen con toda evidencia las alternativas, susceptibles de adaptarse en cada caso a tenor de los requerimientos de las circunstancias reservándose la, constitución de entidades de grado superior para cuando se den supuestos de efectiva viabilidad y, El tema de la integración federativa, contemplado en forma asaz sintética en el mencionado artículo 4º de, la Ley Nº 11.388, es objeto de un prolijo desarrollo que supera deficiencias formales a la vez que recoge la, experiencia de la realidad nacional y la más moderna y ortodoxa doctrina a su respecto. Por otra parte, por vía de la aplicación. En, primer lugar, déjase sentado que todas las sanciones son recurribles administrativamente. Se encomienda a la autoridad de aplicación, fijar, las condiciones de la prestación de servicios a no asociados, por tratarse de una cuestión de tipo, reglamentario que debe adecuarse a los distintos tipos de cooperativas, a las cambiantes características del, mercado y a otras circunstancias cuya apreciación no puede encerrarse en el marco estricto de una norma. redundará en definitiva en beneficio del movimiento en su conjunto. En todos los casos debe confeccionarse acta de cada reunión a efectos del contralor por parte de la, autoridad de aplicación y el órgano local competente. El Proyecto consta de ciento veintiún artículos y uno de forma, divididos en trece capítulos que tratan, V. De la contabilidad y el ejercicio social, VII. N° 30-69314850-9 Por Asamblea General Extraordinaria de fecha 13/8/19 se resolvió por unanimidad aumentar el capital y reformar el estatuto de la Sociedad atento a la observación de la Inspección General de Justicia de fecha 10 de junio de 2019 al trámite … También se, señala en forma sintética pero precisa el procedimiento para la aplicación de tales sanciones con miras a. asegurar en todos los casos las garantías del debido proceso y de la defensa en juicio. Los restantes incisos se orientan a señalar con precisión las facultades de la fiscalización pública, asegurando el doble propósito de posibilitar un efectivo control en resguardo de interés público y al mismo. El acto cooperativo “no implica operación de mercado”, como dice la ley en Brasil, sino la realización de un, servicio social, de conformidad a los principios tipificados por la ley, el estatuto, y en su caso, las disposiciones, El concepto del artículo 4º se integra con la especificación del párrafo segundo al prescribir que cuando la, cooperativa realiza acto jurídico con terceros - es decir fuera del ámbito interno - siempre opera en, cumplimiento de su objeto social y consecución de sus fines institucionales, por lo que configuran dichos. Cabe notar que existen fundados argumentos en favor de ambas posiciones y, aún de aquellas que las definen como asociaciones en forma de sociedad o como un tertium genus, distinto, La caracterización incluye la enunciación íntegra de los principios del cooperativismo universalmente, aceptados, tal como fueran formulados por la Alianza Cooperativa Internacional en su XXIII Congreso, realizado en Viena en 1966. El artículo apunta a asegurar que los órganos locales competentes - para el mejor cumplimiento de sus, funciones - tengan conocimiento de las sucursales de cooperativas constituidas en distintas jurisdicciones. 1º), y su integración, cuando se hace en dinero en efectivo, no puede ser menor del veinticinco por ciento (art. El plazo mínimo de anticipación se establece en quince días (15), en lugar de los ocho (8), exigidos por la Ley Nº 11.388. WebExposición de motivos de la ley 20337.-CONSIDERACIONES GENERALES. ?xml:namespace>, Profesor Titular: Ricardo Ludovico Gulminelli. Pero se precisa que deberán ser destinados a promoción del, cooperativismo, lo cual supone su individualización en cuenta especial y su afectación exclusiva al, Se recoge en este artículo, perfeccionándola y actualizándola, la disposición del artículo 9º de la ley Nº, 11.388. Se comienza por exigir que esta integración sea resuelta, por asamblea, teniendo en cuenta la trascendencia que reviste tal decisión para la cooperativa. del giro económico de las entidades cooperativas. Las cuotas sociales deben constar en acciones representativas de una o más de ellas, las cuales revisten el carácter de nominativas, de acuerdo a la naturaleza de las cooperativas. 1395. paulatinamente inclinándose a la solución prevista por este artículo. WebExposición de motivos -- Ley general de sociedades -- Libro I:Reglas aplicables a todas las sociedades -- Libro II: Sociedad Anónima -- Constitución de la sociedad -- Acciones -- Órganos de la sociedad -- Modificación del estatuto, aumento y reducción del capital -- … información de los asociados y a posibilitarles el cabal ejercicio de sus facultades en las decisiones sociales. COMISION DE ESTUDIO DEL PROYECTO DE CONSTITUCION INFORME UNICO PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, 22 de julio de 1983 Señores Secretario de la Asamblea Constituyente PRESENTE. COMUNICACIÓN PARA LOS ALUMNOS DE SOCIEDADES CIVILES Y COMERCIALES. recurrir a la integración federativa que se prevé en el artículo siguiente. Esta Ley reconoce la educación ... como la forma de expresión cultural y social el cual se ha transmitido de generación en generación a través de la sociedad. Por otra parte, la estructura, organizativa del movimiento y el grado de madurez que éste ha alcanzado aseguran una participación, responsable y altamente constructiva de sus representantes en la conducción de este organismo. inmediata asamblea ordinaria siguiente, la definitiva designación del titular. Las funciones que se atribuyen son las mismas de la Ley Nº 19.219, con algunas más que resultan, necesarias dentro del contexto del Proyecto. WebPor: Rogelio Gutierrez, Socio de Deloitte Legal y Juan Diego Cruz, Gerente de Deloitte Legal. Obviamente rigen las exigencias de precisión, y taxatividad propias de estos casos. Concretamente, la exposición de motivos del Decreto Legislativo No. 14.11.2005 ta autorización u orden judicial sea indispensable para el éxito de la diligencia, podrá ser solicitada y otorgada por cualquier medio idóneo al efecto, tales como teléfono, fax, correo electrónico u otro, sin perjuicio de la constancia posterior, en el … Por razones de orden, práctico aconsejadas por la experiencia administrativa, se exige que todos ellos consten en un solo cuerpo de. En primer lugar, se, aumenta a cuatro el número de vocales y se fija la duración de los cargos de ellos y del presidente en un, periodo de cuatro años. Cabe destacar que este artículo prevé una hipótesis distinta de las contempladas en el artículo anterior: la. DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1149, LEY DE LA CARRERA Y SITUACIÓN DEL PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. Se impone destinar el cinco por ciento (5%) al fondo de acción asistencial y laboral o para, estímulo del personal, afianzando de esa manera el sentido social de la cooperativa con la participación de. WebEn resumen, se puede decir que la LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES esta divida por capítulos y en cada uno de ellos se establecen los artículos ligados a los requisitos para una sociedad, de acuerdo a la sociedad correspondiente en el capítulo; es decir cada capítulo rige una sociedad. En forma semejante a la prescripta por, cooperativas rigen supletoriamente las normas del Capitulo II, Sección V, de, Para todos los alumnos e interesados en obtener información relativa a la cátedra Sociedades Civiles y Comerciales de. LEY GENERAL DE SOCIEDADES LEY Nº 19, T. 1984 Por último, se prevé que en el supuesto de que los entes mencionados se asocien a las cooperativas, puedan convenir con ellas su participación en la administración y fiscalización de sus actividades, en cuanto, resulte coadyuvante a los fines perseguidos y siempre que tales convenios no restrinjan la autonomía de las, cooperativas. WebPeriodo Parlamentario 2016-2021. 153. No se establece máximo, pero se impone que el, estatuto fije expresamente el número, que en ningún caso puede ser inferior a tres. Orientado por el mismo espíritu de fomento de la ley ya citada, se enfatiza el apoyo a los sectores menos, desarrollados del movimiento cooperativo con vistas a lograr un crecimiento armónico, que contribuya. El estatuto puede establecer la elección de suplentes para subsanar la falta de consejeros por cualquier, causa. 153. asunto incluido en el respectivo orden del día. La latitud de la disposición permite que tales convenios sean adecuados a las características de cada caso, y a las cambiantes circunstancias de tiempo y lugar. cooperativa, particularmente a partir del Congreso de, º 11.388, es objeto de un prolijo desarrollo que supera deficiencias formales a la vez que recoge la, adoptada por el consejo de administración, obviando la mención de asamblea ordinaria que hacia el aludido artículo 4º de, fundamentación amplia tal como lo expresa el primer párrafo, doctrinariamente reconocida desde hace tiempo y convalidada en el aludido Congreso de Viena de, El artículo se ocupa del tema del artículo 2º inciso 8º de, Por otra parte, la posibilidad de estos convenios estimulará una colaboración más activa entre, tiempo, proteger a las entidades frente a eventuales excesos de los órganos de, Se atribuye competencia para entender en estas cuestiones a, Este Capítulo incorpora, con algunos ajustes de perfeccionamiento, el contenido íntegro de, aclarando además que el Instituto es órgano local competente en, Las funciones que se atribuyen son las mismas de, Este artículo trata, actualizándolo, el tema del artículo 2º, inciso 15, de, esta disposición no rige para las cooperativas que funcionen dentro del régimen de, de aplicación supletoria. Dentro de este artículo se prevé un supuesto especial de singular importancia que hace necesario regular, en forma clara y precisa las consecuencias que de él derivan. Acerca del régimen de representación y voto en las asambleas se dispone que el estatuto debe reglarlo, pudiendo hacerlo en la misma forma que prescribe el artículo 2º inciso 3º; en forma proporcional al número de, asociados con que cuenten las entidades miembro; en proporción al volumen de operaciones efectuadas por. Son variadas las razones en que se fundamenta el cambio legislativo. La ley de Brasil dice textualmente que “el, acto cooperativo no implica operación de mercado” y agrega uno de los efectos del enunciado: “ni contrato de. Dado el carácter de este asunto su resolución definitiva se remite a la asamblea como órgano, sin, especificar de qué clase, pues tanto la ordinaria como la extraordinaria podrán entender en él, siempre que se. WebSupercontable.com - impuesto_sociedades - Exposición de motivos Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre sociedades Exposición de motivos Ley 27/2014, de 27 de … mantiene la disposición que establece que las cooperativas pueden constituirse por instrumento privado, aunque pueden también hacerlo por instrumento público, y siempre por acto único. reanudación, sin requerirse otra formalidad para la convocatoria. c) Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto que fundamenta la concesión de la ayuda. para la vida constitucional. a cabo mediante convenio con los respectivos órganos locales competentes de las distintas jurisdicciones. WebEn ese mismo tenor, también se plantea el prever en la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, la facultad de la propia Comisión para abstenerse de imponer las … Dadas las condiciones exigidas para su procedencia, se considera que no, serán muy numerosos los casos que encuadren dentro de esta previsión, por lo que el órgano local, competente, contando con una dotación prudencial, podrá cumplir satisfactoriamente esta tarea que, por otra. exigencias de la claridad del texto para facilitar la labor del intérprete. computan sobre la base de los asociados presentes en el momento de la votación. Esta última disposición se corresponde con su semejante de, , no parece conveniente establecerlo obligatoriamente en la ley, toda vez que la cooperativa, en las mismas razones que las disposiciones similares de, Se mantiene la norma del artículo 2º, inciso 14, de, las diferencias a que había dado lugar la interpretación de la norma pertinente de, º 11.388, se deja debidamente aclarado que solamente de los excedentes totales puede pagarse el, El apartado d) introduce una variación respecto de, significa en manera alguna crear una tipología legal de cooperativas, como tampoco lo hizo, de aplicación. Los casos que no pudieran atenderse con dicho porcentaje deben ser, atendidos en los ejercicios siguientes por orden de antigüedad, a fin de guardar un tratamiento igualitario para. – El capital debe suscribirse íntegramente, sin posibilidad de ser emitido en series (arts. Solamente se varía para este último. Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. inciso 12, se establece el destino desinteresado del sobrante patrimonial. En realidad, la mutualidad rigurosa no constituye principio esencial de la doctrina cooperativa; no lo fue en, la primera hora ni tampoco ha sido incorporada posteriormente. Para el caso de que no existiera acuerdo entre los asociados al respecto, el juez. Dado el carácter, especifico de esta fiscalización, sus funciones se distinguen de las que son propias del régimen de las, cooperativas y de los regímenes establecidos para determinadas actividades (ambas contempladas en el, DEL INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA, Este Capítulo incorpora, con algunos ajustes de perfeccionamiento, el contenido íntegro de la Ley Nº, 19.219. En cuanto al, primero se dispone que deben tener un número mínimo de siete asociados. La primera disposición al respecto se establece consagrando expresamente que las cooperativas pueden, asociarse entre sí para el mejor cumplimiento de sus fines. Obviamente, para el reembolso de las cuotas rigen las normas de. Las soluciones previstas por dicho anteproyecto a manera de, reforma de la aludida ley han sido incorporadas de manera orgánica y sistemática dentro de la economía, general del proyecto. supletoria de las normas relativas a sociedades anónimas se ha venido a introducir en el léxico legal, doctrinario y jurisprudencial, un cierto número de vocablos y expresiones que en modo alguno convienen a la, naturaleza de las cooperativas.Obviamente todo ello ha resultado en confusión no sólo terminológica sino. público a utilizar los servicios de las cooperativas, aunque no se asocien a ellas y previo su consentimiento. Se mantiene la norma del artículo 2º, inciso 14, de la Ley Nº 11.388 en cuanto a la reducción del capital. WebProyecto de Ley Nro : 05130 Exposición Motivos Fundamentos El Proyecto de ley materia de la presente exposición de motivos, se justifica si estamos a lo previsto en los artículos 2° Inc. 2°, 103° y 51° de la Constitución Política del Estado que de manera clara establecen: la igualdad ante la ley de El plazo previsto guarda relación con el que establece el artículo 41 para los documentos, Se trata de regular con precisión el cuarto intermedio con miras a dar solución práctica a las situaciones, que la experiencia exhibe, compaginándola con las exigencias de un correcto ordenamiento de las, deliberaciones asamblearias. 4636 Ext. Por otra parte, la Ley Nº 19.219 que creó el Instituto Nacional de Acción Cooperativa, introdujo también, importantes disposiciones vinculadas con el reconocimiento y autorización para funcionar, así como con el, control público de las cooperativas a la vez que instituyó una autoridad única de aplicación del régimen legal, de estas entidades. Sin embargo, la práctica posterior a la sanción de la Ley Nº 11.388 insistió, por la pretendida, aplicación del artículo 318 inciso 4º del Código de Comercio, en la gestión de ambos requisitos: personaría, La cuestión ha dividido a la doctrina y ha sido motivo de particular preocupación en el Tercer Congreso. patrimonio social y resguardar el interés de los terceros. Pasado dicho lapso, los liquidadores deben depositar tales, importes en un banco oficial o cooperativo a disposición de sus titulares. Las sociedades mercantiles pueden cambiar de forma, si así lo prefieren los socios, para alcanzar el fin, perseguido en su constitución; pero las cooperativas sólo pueden ampliar su objeto, nunca transformar su, naturaleza sin fenecer, o sea, entrar en liquidación. Se establecen claramente dos condiciones: que la retribución sea resuelta por asamblea y que se trate de, trabajo personal realizado por los consejeros en cumplimiento de la actividad institucional. 1332 señala: “Se propone la modificación de los artículos 9 y 10 de la Ley No. [4] El actual museo se constituyó en 1990 con la unión … La latitud de la norma comprende a las, cooperativas de todo tipo y grado, aunque lógicamente con las salvedades que prevé el artículo 17. La formación del capital está sujeta a grandes limitaciones en estas entidades debido a que no es un bien, de renta susceptible de obtenerse con mayor facilidad en tanto mayor fuera la rentabilidad de la empresa, sino, que, por el contrario, es un medio que los asociados deben facilitar para hacer posible a la cooperativa la, prestación de un eficiente servicio a ellos mismos. Ricardo L. Gulminelli. Ese sobrante, en caso de existir, tendrá el destino previsto en el último párrafo del artículo 101, es decir ingresará a los recursos del Instituto, Nacional de Acción Cooperativa o del Fisco Provincial, según el domicilio de la entidad, con destino a, A efectos de delimitar el alcance de la expresión “sobrante patrimonial” se deja sentado que por tal se, entiende el remanente total de los bienes sociales una vez pagadas las deudas y devuelto el valor nominal de, las cuotas sociales. Esta mención aclaratoria, orientada a, aventar controversias sobre legislación aplicable y competencia del organismo, es el correlato necesario de lo. De allí que se prevea expresamente la posibilidad de la, impugnación de las resoluciones que sean violatorias del ordenamiento que rige a la cooperativa. La prohibición de adoptar, denominaciones que induzcan a suponer un campo de operaciones distinto del previsto por el estatuto o la, existencia de un propósito contrario a la disposición del artículo 2º inciso 7º obedece a la conveniencia de, prevenir a los terceros acerca del objeto social de la cooperativa, lo cual se conecta con la previsión de los. Esta, norma supletoria se considera adecuada a las características de estas entidades y se compagina con su, En cuanto a prohibiciones e incompatibilidades para ser consejero se recogen las previstas por la Ley Nº, 19.550, en cuanto resultan aplicables, y se agrega la relativa a personas que perciban sueldo, honorarios o, comisiones de la cooperativa. Se resuelve así, con equidad, una situación especial, cual es que dichas cuotas ya han dejado de formar, parte del capital social y se transformaron en un pasivo exigible y que, en consecuencia, no pueden correr la, suerte del resto del capital, que puede o no percibir interés. de administración, en su caso, por el mayor valor atribuido a los bienes. Por último, no ha escapado a la merituación de la Comisión la experiencia del propio movimiento, cooperativo nacional altamente desarrollado y consolidado, que aportó un cúmulo de interesantes sugestiones, para la tarea realizada, con miras a satisfacer sentidas necesidades actuales y a proyectarse hacia una, previsora y prudente regulación del desenvolvimiento futuro de las cooperativas. – El capital debe suscribirse íntegramente, sin posibilidad de ser emitido en series (arts. IMPUESTO A LA RENTA. En punto a las, cooperativas de grado superior, la norma del artículo 85 se hace cargo de la experiencia recogida en la, materia, compatibilizando las cambiantes necesidades de la integración cooperativa con un prudente, resguardo de la viabilidad de tales organizaciones. Anteriormente la mayoría de las empresas … Tal enunciación responde únicamente al propósito práctico de establecer con claridad la forma de efectuar el. Esta limitación constituye la pauta básica para discernir los actos susceptibles de obligar o no a la, cooperativa. De allí que se haya optado por síndicos que deben ser asociados y auditoría profesional externa, estructurando de esa manera un sistema que se estima satisfacerá las exigencias sociales y técnicas de esta, institución. Esta disposición de avanzada se compadece con aspiraciones y prácticas reiteradamente expuestas por el, movimiento cooperativo. WebDecreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. Se excluye para este supuesto la limitación para el, reembolso de cuotas sociales autorizadas por el artículo 31. planteadas, debe informar de los hechos a la autoridad de aplicación y al órgano local competente. La previsión referente a las sociedades por, acciones salva la limitación incluida en el artículo 30 de la Ley Nº 19.550, en cuanto nada impide a una, sociedad por acciones asociarse para usar de un servicio cooperativo que en algunos casos puede ser el, simple ejercicio de una opción de calidad, y en otros, de conveniencia y aún de necesidad (prestación de un, La garantía constitucional de la libertad de asociación con fines útiles se expresa también a través de la, organización cooperativa; y las especificaciones contenidas en la ley no hacen otra cosa que instrumentar las, previsiones del derecho común respecto a personas físicas y jurídicas, asociaciones, sujetos de derecho y, formas de sociedades legisladas especialmente para ajustarlas a la naturaleza y fines del instituto jurídico, El principio de “puertas abiertas” hace a la esencia del cooperativismo, y de allí que se establezca, expresamente la libertad de ingreso. 28/07/1977: Ley que Establece las Bases para el Otorgamiento de Premios y Condecoraciones en el Estado de Jalisco. igualdad de condiciones, lo cual asimismo, repugnaría al carácter fundamental previsto por el artículo 2º, El texto recoge el principio de la libertad de asociación cooperativa. El 6 de enero de 2017 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Legislativo Nº 1332, que facilita la constitución de empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial – CDE, y modifica diversos artículos de la Ley General de Sociedades (LGS) en materia de denominación o razón social, objeto social, y poderes y … Ver exposiciones de motivos. WebServicios. No significa ello, lógicamente, que, deban regirse íntegramente por las disposiciones del Proyecto, puesto que si así fuera se tornaría innecesario, este artículo. La teoría del acto cooperativo ocupa un lugar destacado en las preocupaciones de los, especialistas del derecho cooperativo en la última década. EXPOSICION DE MOTIVOS DE LA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES. Para asegurar el derecho de defensa obviando, dificultades prácticas se autoriza a que, en el caso de sanción impuesta por autoridad de aplicación, el recurso, pueda interponerse indistintamente ante ella o ante el órgano local competente. 23 Nezahualcóyotl es el undécimo Municipio más poblado del país. Por ello, la Nación no permanece ajena al desenvolvimiento de las cooperativas. Agotada la gestión interna, si no se hubieran solucionado las cuestiones. Esta situación ha suscitado numerosos, problemas debido a la intervención de organismos de jurisdicciones distintas y ha resultado en un, procedimiento lento y tortuoso que desalienta muchas veces la formación de cooperativas y la reforma del, Frente a ello, el espíritu del legislador de 1926, reflejado en el debate parlamentario y en el propio mensaje, del Poder Ejecutivo que acompañó al proyecto, era fundamentalmente de fomento, es decir que aspiraba a, facilitar la constitución de cooperativas, relevándolas de los requisitos establecidos para las sociedades, anónimas. tiende a asegurar la correcta aplicación del fondo estatuido por el artículo 42, inciso 3º. WebVer exposiciones de motivos. En este caso deberá comunicarlo al consejo de administración y al sindico y abstenerse de intervenir en la, Finalmente, se prohibe a los consejeros efectuar operaciones por cuenta propia o de terceros en, competencia con la cooperativa. En concordancia con lo prescripto por el ya citado artículo 2º. Esta modificación tiene su fundamento en el principio que informa toda la materia relativa a los órganos, sociales de la cooperativa, por cuanto para su integración se requiere la calidad preindicada, en la inteligencia, de que como primera condición para participar en cualquier forma en el gobierno de la entidad, debe reunirse, la calidad de asociado, a diferencia de lo que puede ocurrir en otro tipo de sociedad. Se consideran. La extrema gravedad de la sanción, que supone la correlativa gravedad de la infracción, y la necesidad de, tutelar adecuadamente el interés público comprometido aconsejan esta facultad que es semejante a la, establecida con carácter general para la fiscalización pública, a tenor de lo normado por el artículo 100, inciso, La disposición estatuida para este supuesto especial opera con la salvedad de lo que prevengan, regímenes específicos establecidos para determinadas actividades. De allí que deba estarse, consecuentemente, a lo que las. mejora la técnica de la Ley Nº 11.388. De allí que se exija su presencia desde la constitución misma y, hasta que finalice la liquidación de la cooperativa, tal como otras legislaciones lo han previsto con singular, Para la prestación del servicio el proyecto prevé una gama de posibles soluciones entre las que cada, cooperativa puede optar en su caso, a efectos de lograr eficiencia y economía. Se deja claramente establecido que dicha fiscalización es sin perjuicio de la que. WebEXPOSICIÓN DE MOTIVOS - COSTO BENEFICIO. Respecto al lugar de reunión se, arbitra una disposición idónea que resuelve problemas concretos en cuanto a posibilitar la efectiva. Estas prescripciones se integran con las, Finalmente, las mismas razones que fundaron el artículo 3º de la Ley Nº 19.550 motivan la declaración. WebEXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS (G.O. Además de ser conforme con la naturaleza de las cooperativas, esta norma, permite colocar a estas entidades a la altura de las exigencias de la realidad económico-social actual, que. De allí que, si bien el consejo de administración es un órgano social, la actuación, de sus miembros debe ser juzgada supletoriamente mediante las reglas del mandato. €22,34. También se, admite - por razones de orden práctico que puedan demandar una mayor celeridad - que dicha resolución sea. ejercida directamente por dicha autoridad o a través de convenios con el respectivo órgano local competente. rigor posible mediante la enunciación de sus rasgos fundamentales. La disposición del inciso 3º. Para la constitución se exige la. El Decreto Legislativo Nº 755, vigente desde el 1 de enero de 1992, permitió la modernización del mercado de valores peruano, constituyéndose en una de las principales reformas en materia económica emprendidas por el Gobierno. Esta, facultad de revocación es correlativa de la de designación, y siendo la asamblea el órgano máximo de la, entidad no pueden existir trabas que limiten su voluntad en cuanto ésta encuadre dentro del marco estatutario, Especialmente en las cooperativas, cuyo gobierno es de esencia fundamentalmente democrática, la, asamblea debe contar con amplias facultades para el ejercicio de su poder de decisión. A la experiencia poco positiva recogida de la vigencia de la sindicatura como órgano de control, impuesta con carácter unipersonal por el artículo 2º, inciso 22, de la Ley Nº 11.388, que es semejante a la de, las sociedades comerciales, se suma la necesidad de implementar un régimen acorde con las peculiares. últimos años, y a las diversas y valiosas contribuciones aportadas por la doctrina nacional y extranjera. #I6577369I# INMOBILIARIA RIO NAPO ARGENTINA S.A. C.U.I.T. En materia de quiebra y de fusión o incorporación. Lo anterior, altenor de la siguiente: EXPOSICIÓN DE … WebEXPOSICIÓN DE MOTIVOS . No se incluye como obligatorio el libro de, asistencia a las asambleas, pues se entendió conveniente dejar librado al estatuto la adopción del método. Para la nueva cooperativa rigen las disposiciones del Capítulo II en cuanto a su constitución y ella se hace, cargo del patrimonio de las disueltas. menor número cuando las circunstancias lo aconsejen. Debe entenderse que en el texto de la ley es suficiente. Con ello se considera suficientemente protegido el interés de quienes se han, asociado con miras a la prestación de un servicio en común, que luego es sustituido por otro sustancialmente, Los plazos previstos para el ejercicio del derecho se consideran adecuados al objeto perseguido. WebSobre el contenido de la presente Exposición de Motivos, esta conforme a lo señalado en el artículo 21º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y por ordenamiento se ha subdividido en tres capítulos: 1. WebLa ley proyectada asume por virtud del citado artículo 1 una definida postura en punto a la naturaleza jurídica del acto constitutivo -lo que como se expresara en la exposición de … Este artículo regula una materia a la que la Ley Nº 11.388 dedica solamente escuetas disposiciones que, resultan insuficientes para su adecuado tratamiento, sobre todo frente al importante crecimiento numérico que, han adquirido muchas cooperativas y las cambiantes condiciones en que ellas operan. De modo, similar a la Ley Nº 19.550, se faculta al órgano local competente para autorizar el empleo de medios, mecánicos y libros de hojas movibles en reemplazo o complemento de los libros indicados. Con idéntica antelación se exige su remisión a la autoridad de aplicación y al órgano local competente, en, un todo de acuerdo con las previsiones del Capítulo XI sobre control público. Esta norma no excluye, obviamente, otras disposiciones que, resulten aplicables a las cooperativas en razón de las actividades que ellas realicen conforme a su objeto. liquidada, aunque realice operaciones similares. Además de su función clarificadora, esta norma despeja posibles excesos de rigidez interpretativa acerca, de las manifestaciones de integración cooperativa contempladas en este capítulo, particularmente frente al, texto del artículo 4º de la Ley Nº 11.388. WebEXPOSICIÓN DE MOTIVOS I. ANÁLISIS DE CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD De acuerdo con el artículo 107 de la Constitución Política del Perú, tiene derecho a iniciativa en la formación de leyes el Presidente de la República y los Congresistas, entre otras autoridades y los ciudadanos conforme a ley. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. Correlativamente, los excedentes generados por la prestación de servicios a no asociados (previsto por el, artículo 2º incisos 10, 19, 20, 115 y 116) - como así también los que pudieran tener origen en operaciones, ajenas a la gestión ordinaria - deben imputarse a una cuenta especial de reserva. Para integrar el régimen legal de las cooperativas, completándolo, se hace necesario señalar las normas, de aplicación supletoria. WebPROYECTO DE LEY GENERAL PARA LA GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Como parte de su compromiso internacional al suscribir la Convención sobre los Derechos del ... estatal, del Distrito Federal y municipal, tanto públicas como de la sociedad civil, que están orientados a la finalidad descrita. Se innova respecto a la Ley Nº 11.388, que establecía tres meses, llevándose el plazo al mismo, La asamblea ordinaria considera balance general, estado de resultados y cuadros anexos, memoria e, informes del síndico y del auditor, elige los miembros del consejo de administración y síndicos. Ella constituye, Dentro de las fuentes legislativas nacionales cabría mencionar una serie de normas dispersas en distintas, leyes, y las contenidas en el decreto del 10/2/1927, que por las expresadas razones de organicidad han sido. Se establece la responsabilidad de los gerentes ante la cooperativa y los terceros con la, misma extensión y forma que para los consejeros, puntualizándose que su designación no excluye la. inspira a toda manifestación de contralor pública. doctores Melo, Bravo y Llanos - que en 1926 despachó el proyecto respectivo. Se deja. Se enuncian con amplitud las facultades inherentes a la fiscalización pública, en una enumeración que. Contribuir al diseño, formulación, elaboración y publicación de materiales de comunicación educativa y guías técnicas actualizadas de orientación social; III. En el supuesto de incorporación, las incorporadas o absorbidas se, disuelven, aunque sin liquidarse, y su patrimonio se transfiere a la incorporante. Se prescribe el contenido mínimo de la memoria anual a fin de orientar su confección y corregir, deficiencias observadas en la práctica.
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